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Clase I

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Clase I

Clase I

Aplicación e Interpretación del Derecho

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Aplicación e Interpretación del Derecho

EL TEMA nos dice que: IV. LOS MÉTODOS DE INTERPRETACIÓN DEL DERECHO.

 La interpretación del Derecho, está sometida a ciertas reglas, también llamadas

métodos de interpretación del Derecho, que además reducen la complejidad de la

actividad interpretativa. El artículo 3.1º del Código Civil, “Las normas se

interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto,

los antecedentes históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que

han de ser aplicadas(FEB19), atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad

de aquellos” enumera tales métodos:

1.Método literal: análisis y comprensión del significado lingüístico del texto normativo

(según el sentido propio de sus palabras art.3.1º). Para ello es necesario combinar su

1.análisis semántico (JUN22)(su significado convencional y/o técnico) y el

2.pragmático el que le otorgan los hablantes del ámbito jurídico.

2.Método sistemático: interpretar las normas en relación con otras de su ámbito, con el

fin de precisar su alcance al aplicarlas. (atendiendo fundamentalmente al espíritu y ..

art.3.1º )Espíritu del sistema Bobbio. Para concordar y complementar normas.

3. Método histórico: interpretar normas según su origen o génesis histórica, teniendo en

cuenta sus antecedentes histórico-legislativos. Atendiendo a la voluntad del legislador

(voluntas legatoris)(, los antecedentes históricos y legislativos, art.3.1º)

4.Método teleológico: interpretar los fines objetivos que persigue la norma (voluntas

legis) (atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellos art.3.1º)

5.Método valorativo: interpretar según los valores jurídicos en que se fundamenta.

(justicia, libertad, igualdad, seguridad…etc).

(FEB19R,sep16/13R(Auténtica,judicial,cautelar,doctrinal)

Desde este punto de vista, se distinguen en función del tipo de operador

jurídico que realiza la interpretación.

1- Interpretación auténtica es la que lleva a cabo el mismo órgano

autor(FEB18R/SEPT15R) de la norma. (Ej: Ministerio explica un reglamento)

2- Interpretación judicial es la que realizan los órganos jurisdiccional.

Importancia superior pues toda interpretación realizada por un órgano del

Estado está sometida a control judicial.

3- Interpretación cautelar -según Díaz Picazo- es la realización por los

operadores jurídicos que cumplen una función de asesoramiento a los

particulares, ya se haga en el ejercicio de una función pública (notarios (SEP22),

registradores) o privada (abogados, gestores). Cautelar se refiere a que evitan

conflictos en multitud de ocasiones.

4- Interpretación doctrinal la realizan los teóricos (FEB18/14) del derecho en

el ejercicio de su función docente(Feb20) y/o investigadora. No vinculante, pero

importante por su prestigio intelectual.

3- En razón del resultado. (SEP19/14,Extensiva y

Restrictiva)

1- Interpretación extensiva es la que amplía el

alcance de la norma a supuestos no comprendidos en su

tenor literal(JUN2021, Feb22). Se da cuando el intérprete

entiende que esos supuestos entran dentro del sentido del

preceptor (lo que suele denominarse la ratio legis) pese a

que este no los incluyan expresamente. Esto permite

resolver supuestos de lagunas legales, como veremos más

adelante.

2- Interpretación restrictiva es la que limita el ámbito

de aplicación de la norma, de modo que ciertos casos

quedan excluidos y la interpretación se realiza dentro de la

estricta literalidad. Por sistema, deberán ser

interpretadas siempre de modo restrictivo las normas

que limitan derechos o sancionan. El caso más evidente

es el de las normas penales (FEB19/20), que no pueden

ser interpretadas extensiva

Sesión 6

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Sesión 6

Tema y resumen

APLICACION E INTERPRETACION DEL DERECHO

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APLICACION E INTERPRETACION DEL DERECHO

TEMA 5 APLICACION E INTERPRETACION DEL DERECHO

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Antropología Filosófica I(70012022) - 19-12-2024 19:25

Sesión 5

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Sesión 5

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FILOSOFÍA JURÍDICA

Video clase privado Licencia Propietaria
FILOSOFÍA JURÍDICA

06/05/2021

FILOSOFIA JURÍDICA

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FILOSOFIA JURÍDICA

08/04/2021

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