TESTday DERECHO OBJETIVO Y SUBJETIVO EDICIÓN ESPECIAL TEST
1. LOS CONCEPTOS DE DERECHO SUBJETIVO Y DERECHO OBJETIVO.
El concepto de derecho subjetivo se suele contraponer al de Derecho objetivo, entendiéndose ambos como dos sentidos posibles del término Derecho.
Por Derecho objetivo se entiende el conjunto de normas jurídicas vigentes (o que lo han estado) en un determinado tiempo y lugar, de manera que cuando se habla de Derecho objetivo (o de Derecho en sentido objetivo) se alude a lo jurídico en tanto que norma. Derecho objetivo es un término sinónimo de Derecho positivo.
Por derecho subjetivo se entiende toda facultad o poder de que es titular un sujeto de derecho frente a otro y otros, bien para hacer o no hacer algo, bien para exigir de otro una conducta determinada de acción u omisión (de hacer o no hacer algo), en virtud de una norma de Derecho objetivo que así lo establece. Por lo tanto, el derecho en sentido subjetivo (facultas agendi) implica la referencia directa a una persona en el supuesto de tratarse del obligado a realizar la conducta en que consiste tal derecho; si bien tal facultad o poder debe estar regulada por una norma de Derecho objetivo.
Ambos conceptos se encuentran íntimamente relacionados, ya que no puede hablarse de derechos subjetivos si no existe una norma de Derecho objetivo adquiere pleno sentido y necesita técnicamente del concepto de derecho subjetivo para concretar en la acción de individuos particulares lo previsto de manera abstracta y general en sus normas.
Como orientación para diferenciar ambos sentidos el hecho de que en los textos jurídicos habitualmente se escribe Derecho objetivo con letra mayúscula y derecho subjetivo con minúscula.